Reglamento y Código de Ética

  1. Las normas bajo las que se rige Cardí están diseñadas en base a la buena fe de los Empresarios franquiciados, así como su disponibilidad de proceder siempre con honestidad y amabilidad, así como nunca participar en prácticas ilegales, engañosas o fraudulentas.
  2. Cualquier persona que sea invitada por un Empresario activo podrá afiliarse a Cardí solo con cumplir con los requisitos vigentes.
  3. No existen territorios exclusivos para las acciones comerciales ó de asociación de nuevas personas al negocio de Cardí.
  4. El Empresario Asociado Cardí, actuará a su nombre y por cuenta propia pues es independiente en todos los actos de comercio que realice, por lo que no es empleado ó agente de Cardí, no está autorizado para adquirir compromisos a nombre de la Empresa. Es su responsabilidad cumplir con las leyes y reglamentos dispuestos por las Autoridades Federales, Estatales, Municipales y demás ordenamientos aplicables con su actividad comercial, El Empresario es el único responsable de sus actividades comerciales, fiscales y financieras.
  5. Para tener derecho a participar en todos los Bonos, premios y promociones deberá calificar a Empresario y permanecer activo con al menos una compra mínima personal de $ 1,200.00 pesos comisionables quincenales. Al permanecer inactivo por un periodo de 12 meses consecutivos, o no afiliar a un nuevo empresario por lo menos en un año, perderá su registro y en tal caso deberá reiniciar. 
  6. Los volúmenes, promociones y requisitos mínimos para participar, calificar ó ascender en el plan de compensaciones Cardí serán fijados por la Empresa y quedan sujetos a cambios por parte de la misma sin necesidad de previo aviso.
  7. Cardí no autoriza el cambio de patrocinador, por lo que, si algún Empresario desea cambiar, deberá permanecer un plazo de 12 meses de inactividad e iniciarse nuevamente.
  8. El dar de baja a un Empresario por cualquier razón, lleva consigo la rescisión automática de la relación contractual, lo que implica la pérdida de los derechos adquiridos.
  9. Es motivo de baja para un Empresario el pretender reclutar personas o grupos inscritos en Cardí a otras compañías. Así como realizar presentaciones de otros productos, religiones o partidos políticos en las instalaciones o eventos de Cardí. Así como usar indebidamente el nombre de Cardí para ofrecer negocios, productos, estrategias de ventas o condiciones no pertenecientes ni respaldadas por Cardí.
  10. Los productos no comisionables y auxiliares de ventas (netos) no participan en ninguna promoción, no generan bonificaciones, volumen grupal ni personal.
  11. El Empresario se compromete a respetar los precios de venta establecidos por la Empresa y a no otorgar descuentos no autorizados a los consumidores finales.
  12. El nivel de descuento y de participación en las bonificaciones es personal y podrá ser transferible mediante venta, herencia ó donación, únicamente bajo consentimiento expreso de Cardí.
  13. Todos los Empresarios asociados tendrán los mismos derechos de participación y podrán ser beneficiarios del plan de compensaciones y descuentos Cardí, así como en promociones, ofertas, incentivos, asistencia a juntas, seminarios y convenciones, por lo que queda expresamente prohibido cualquier tipo de discriminación.
  14. La Empresa se reserva el derecho de surtir los pedidos que le requiera el Empresario si este tiene adeudos pendientes ó debido a disponibilidad y existencias.
  15. Es responsabilidad del Empresario, nunca dar información errónea de los productos, atributos inexistentes del negocio o productos, que pudieran de alguna forma engañar a  los posibles clientes o futuros Empresarios. Cardí no comercializa ni promueve medicamentos de ningún tipo y queda prohibido atribuirles propiedades terapéuticas.
  16. El Empresario está autorizado a  usar material que ostente la marca Cardí, siempre y cuando este haya sido producido por la Empresa ó específicamente aprobado por la misma.
  17. El Empresario autoriza expresamente a Cardí a emplear su nombre, imagen, retrato, historia personal, voz, así como sus obras materiales para que puedan ser usados, videograbados, digitalizados, reproducidos, publicados, exhibidos, explotados como parte integrante de la publicidad Cardí.
  18. Las bonificaciones generadas por la Red de Empresarios asociados son calculadas quincenalmente y pagadas siete días hábiles después de ser generadas, mediante transferencia bancaria a nombre del Empresario. No podrán ser depositadas a cuentas bancarias de terceros. Las bonificaciones tendrán una vigencia de 3 meses como máximo para ser justificadas fiscalmente y reclamadas antes de su vencimiento.
  19. Para liberar las transferencias bancarias de bonificaciones, es indispensable darse de alta en el sistema de pagos llenar los requisitos solicitados en la oficina virtual de cada Empresario en el apartado “Mi cuenta / Expediente” así como cumplir con los requisitos fiscales que la ley establece a este respecto.
  20. Para efecto de cumplir con las leyes fiscales, la Empresa retendrá y enterará los impuestos que generen las utilidades de cada Empresario.